jueves, 7 de julio de 2016

1. LEY FEDERAL DEL TRABAJO

1.1. MARCO TEÓRICO PARA LA ELABORACIÓN DE LA NÓMINA.

Para elaborar una nómina nos debemos basar en el contrato de trabajo, para calcular percepciones y deducciones y conocer el total a pagar al trabajador.

Las empresas, ya sean públicas o privadas, de un solo individuo como dueño o una sociedad, se basan en la Ley Federal del Trabajo (LFT) para determinar los pagos a sus trabajadores

En el siguiente vínculo puedes revisar la Ley Federal del Trabajo, que contiene las disposiciones legales en materia laboral, vigentes en nuestro país.

Ley Federal del Trabajo 2016





miércoles, 6 de julio de 2016

2. LA NÓMINA

2.1 ¿QUÉ ES UNA NÓMINA?

La nómina se define como el documento que reciben los trabajadores de la empresa mes a mes y que es el recibo de salario que la empresa da al trabajador reflejando la cantidad económica que el empleado recibe a cambio de su trabajo.

Existen diferentes formatos para elaborar la nómina pero todos deben contener los mismos elementos.

El siguiente es un ejemplo de formato que se utiliza para elaborar la nómina del trabajador.



Este formato y muchos otros los puedes encontrar en internet. A continuación incluimos una liga donde puedes crear y llenar tus propios formatos de nóminas, que puedes probar gratis. Practica con ellos.

http://www.facturadorelectronico.com/recibos-de-nomina.aspx





martes, 5 de julio de 2016

3. DATOS DEL TRABAJADOR

3.1 DATOS QUE DEBE CONTENER LA NÓMINA.

Identificación del documento:

• Nombre de la Empresa

• Período que abarca

• Número de semana o quincena en cuestión.


El contenido o cuerpo de la nómina se divide en dos partes:

a) La parte correspondiente a las percepciones o entradas.

La primera parte de las percepciones lleva los siguientes datos:

• Nombre del trabajador

• Número del Registro Federal de Contribuyentes (RFC)

• Número de afiliación del Seguro Social

• Total de días trabajados y su importe

• Tiempo extra e importe

• Espacio disponible para otras percepciones

• Percepciones totales


b) La parte correspondiente a las deducciones o salidas.

En la parte de deducciones se consignan los siguientes datos:

• Descuentos sobre impuesto sobre la renta (productos del trabajo)

• Descuentos sobre cuotas del I.M.S.S.

• Descuentos sobre cuotas del sindicato

• Descuentos sobre concepto del INFONAVIT

• Descuentos sobre préstamos personales

• Otros descuentos. (Demandas sobre pensión alimenticia)

• Deducciones TOTALES

lunes, 4 de julio de 2016

4. PERCEPCIONES



4.1 ¿QUÉ SON LAS PERCEPCIONES?

Son todos los pagos que se hacen al trabajador por diferentes conceptos.

4.2 ¿QUÉ ES EL SALARIO?

De acuerdo a la Ley Federal del Trabajo en su artículo 82. Salario es la retribución que debe pagar el patrón al trabajador por su trabajo.


Artículo 84. LFT. El salario se integra con los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquiera otra cantidad o prestación que se entregue al trabajador por su trabajo.


SALARIO. Se establece por día y se multiplica por el número de días trabajados en la semana o quincena que laboró el trabajador.


SÉPTIMO DÍA. Es el pago del día de descanso al que tiene derecho el trabajador por cada seis días de trabajo a la semana.


TIEMPO EXTRA. Cuando el trabajador labora horas extras, se le pagarán dobles, hasta 9 horas por semana.

Cómo se efectúa el cálculo:.

Salario diario/ horas diarias que trabaja = pago por hora x 2 x número de horas extra

A partir de la hora extra número 10 se pagarán triples.

pago por hora x 3 x número de horas extra a partir de la número 10


VACACIONES. El trabajador tiene derecho a percibir 6 días de salario después del primer año de servicio. A partir de segundo año se agregan 2 días de vacaciones a los 6 días base, hasta el año 5, a partir del año 6, sólo se agrega un día más de vacaciones.

PRIMA VACACIONAL. Se paga el 25% extra sobre el total del importe de las vacaciones del trabajador, para cada año.

AGUINALDO. Corresponden 15 días de salario como mínimo y se deberán pagar a más tardar e día 20 de diciembre de cada año.

Estos datos son los mínimos que se deben pagar a los trabajadores de acuerdo a la ley, pero algunas empresas otorgan prestaciones superiores a las que marca la ley para evitar la rotación de personal, que representaría un gasto mayor para la empresa por concepto de capacitación a nuevos empleados y pagos de finiquitos.

A continuación se anexa una pequeña evaluación del éste tema. Da click en el link para contestar.

EXAMEN PRIMER PARCIAL

https://docs.google.com/forms/d/1BmUeqmp5azvxk2Cz7E7kwzlSgfZ1FvCOgEcBcnAsaqo/viewform?c=0&w=1


domingo, 3 de julio de 2016

5. DEDUCCIONES

5.1 DEDUCCIONES

Las deducciones son disminuciones a los ingresos de los trabajadores.
Las más importantes que se descuentan a los trabajadores de su nómina son los impuestos (ISR)
y las cuotas de seguridad social (IMSS)

Cálculo del ISR


Cómo calcular el ISR mensual para salarios


¿Lo que te descuentan en nómina por concepto del ISR es conforme a la Ley? En el siguiente artículo te explicamos de qué manera puedes efectuar tu propio cálculo.

Frecuentemente nos encontramos con amigos, compañeros de trabajo, familiares y conocidos confundidos por el importe que les descuentan en sus trabajos por concepto del Impuesto Sobre la Renta (ISR). Por ello, aquí te explicaremos cómo saber si el descuento que te hacen es correcto; y para este fin, ejemplificaremos con diversas tablas el cálculo mensual del ISR retenido a un empleado.

El ISR tiene como función gravar los ingresos y el salario percibido por un trabajador. Este impuesto se calcula con la tarifa establecida en el artículo 96 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR), la cual se cita a continuación. “La retención se calculará aplicando la siguiente tabla a la totalidad de los ingresos obtenidos en un mes de calendario”:


¿Cómo calcular mi ISR?

1. Debes restarle el Límite Inferior (L.I.) a tu ingreso mensual. El resultado que te arroje es la Base para el Impuesto.

2. A la Base para el Impuesto debes aplicarle la Tasa correspondiente al renglón del Límite Inferior empleado en el punto número 1.

3. Al resultado de ésta suma deberás adicionarle la ‘Cuota Fija’, la cual te proporcionará el ISR antes de subsidio.

4. Al ISR antes de subsidio deberás aplicarle la tabla del subsidio establecido en el artículo 10 que a la letra cita:

I. Los contribuyentes que perciban ingresos de los previstos en el primer párrafo o la Fracción I del Artículo 94 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, excepto los percibidos por concepto de primas de antigüedad, retiro e indemnizaciones u otros pagos por separación, gozarán del subsidio para el empleo que se aplicará contra el impuesto que resulte a su cargo en los términos del Artículo 96 de la misma Ley. El subsidio para el empleo se calculará aplicando a los ingresos que sirvan de base para calcular el ISR que correspondan al mes de calendario de que se trate, la siguiente”:

TABLA


5. En caso de salir negativo, el subsidio resultante se lo adicionarás al Ingreso.

6. Al ingreso le restarás el impuesto y el resultante es el dinero que se te entregará por concepto de nómina.

Como se puede ver en el cálculo, mientras más alto es tu ingreso, menor es el subsidio para el empleo.







sábado, 2 de julio de 2016

6. PROGRAMA NOI

6.1 PROGRAMA NOI

Existen en la actualidad muchos programas para elaborar la nómina en forma electrónica, debido a que ésta se debe elaborar electrónicamente a partir del año 2014,  por disposiciones legales,

En el siguiente video puedes visualizar cómo funciona el programa NOI, que es el sistema de Nóminas Integrales de ASPEL:



Es un programa muy sencillo y muy completo, en el que puedes aplicar todo lo que se muestra en éste blog para elaborar la nómina.

Puedes descargar de Internet el programa NOI a prueba por 30 días para que practiques su utilización. Recuerda que todo valor agregado a tus conocimientos te ayudará al momento de ingresar al mercado laboral.